Términos y Condiciones - Elena Live Avatar | Mayo Infografía

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO Y ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)

ELENA LIVE AVATAR — TIER STANDARD

Mayo Infografía · mayoinfografia.com
Versión: 3.3 — Julio 2026 | Entrada en vigor: 1 de agosto de 2026
Última actualización: 17 de julio de 2026 | Identificador: MI-LA-STD-TOS-2026-004

AVISO LEGAL IMPORTANTE: Los presentes Términos y Condiciones de Uso y Acuerdo de Nivel de Servicio (en adelante, «la Política» o «los Términos») constituyen un acuerdo legal vinculante entre usted (en adelante, «el Cliente», «usted» o «la Promotora») y Mayo Infografía (en adelante, «el Proveedor», «nosotros» o «nuestro»), con domicilio social en Calle de camarena 244, 28047 de Madrid, España, NIF/CIF 51084022X.

Al marcar la casilla de aceptación en el proceso de suscripción a través de la pasarela de pago seguro (Stripe Billing), al integrar el widget del Avatar en su sitio web, o al utilizar el Servicio de IA de cualquier forma, el Cliente declara haber leído, comprendido y aceptado íntegramente los presentes Términos. Si no está de acuerdo con el contenido del presente documento, deberá abstenerse de acceder, integrar o utilizar el Servicio.

Esta Política complementa y forma parte de las condiciones aplicables al Cliente, junto con el Aviso Legal, las Condiciones Generales de Contratación, y la Política de Privacidad publicadas en el sitio web oficial del Proveedor (https://mayoinfografia.com). En caso de contradicción o discrepancia, prevalecerá lo dispuesto en el presente documento en todo lo relativo a la prestación del Servicio de IA.

1. OBJETO, ALCANCE Y NATURALEZA DEL SERVICIO

1.1 Objeto del Contrato

El objeto de los presentes Términos es regular la prestación, por parte de Mayo Infografía, de los servicios de configuración, implantación, operación, soporte y mantenimiento del widget interactivo de inteligencia artificial conversacional denominado comercialmente «Elena Live Avatar» (en adelante, «el Avatar» o «el Servicio de IA»), en su modalidad Tier Standard. Dicho servicio está diseñado específicamente para ser integrado en el sitio web oficial del Cliente para la atención, información comercial y cualificación preliminar de usuarios interesados en las promociones inmobiliarias del Cliente.

1.2 Tier Standard — Qué incluye y qué no incluye

La modalidad Tier Standard de Elena Live Avatar comprende:

Incluido en Tier StandardNo incluido (requiere Tier Premium / Elena Custom)
Widget Elena con identidad visual estándar (marca Elena)Avatar personalizado con foto/imagen del Cliente o su equipo
Voz sintética estándar (proveedor de voz e imagen estándar del Proveedor)Clonación de voz del Cliente o de un locutor designado
Base de conocimiento entrenada con documentación del ClienteIntegraciones a medida con CRM/ERP/telefonía propietaria
Integración web mediante script/iframe estándarDesarrollo de flujos conversacionales multi-departamento a medida
Automatizaciones determinísticas preconfiguradas (webhooks): envío de resúmenes, transcripciones, leads, dossier, notificaciones, registro en Sheets, consulta de disponibilidad agregadaNuevas automatizaciones, condicionales complejos, bucles, uso de herramientas no predefinidas, integraciones con CRM/ERP propietarios
Soporte técnico por email / ticketSoporte telefónico prioritario

1.3 Estructura y Fases del Servicio

El Servicio de IA consta de dos fases operativas y contractuales independientes:

  1. Fase de Setup (Implantación Tecnológica): Comprende los trabajos de consultoría, ingeniería de prompts, entrenamiento del modelo sobre la base de conocimiento facilitada por el Cliente, renderizado inicial, diseño visual del avatar estándar, pruebas y puesta a punto técnica para su integración frontend. Esta fase es de pago único y se contrata y factura de forma independiente conforme a las condiciones de facturación, plazos y modalidades de pago detalladas de manera específica en el Presupuesto o Propuesta Comercial aceptada previamente por el Cliente. Los porcentajes y plazos de pago del Setup se regirán exclusivamente por lo dispuesto en dicho presupuesto aceptado.
  2. Fase de Operación (Suscripción Mensual SaaS): Comprende el servicio continuado en la nube que permite la ejecución activa del Avatar en el sitio web del Cliente, el consumo de las APIs de inteligencia artificial y renderizado de vídeo en tiempo real, el soporte técnico, las actualizaciones automáticas y el mantenimiento. Esta fase se formaliza exclusivamente mediante la aceptación de los presentes Términos y la suscripción mensual recurrente gestionada a través de Stripe Billing.

La finalización o entrega de los trabajos de la Fase de Setup no iniciará la Fase de Operación hasta que el Cliente active la suscripción mensual en Stripe. El Proveedor no activará el widget en producción ni habilitará las respuestas del Avatar si el Cliente no se encuentra al corriente de pago de la suscripción mensual.

1.4 Naturaleza Exclusivamente Tecnológica del Servicio

El Cliente reconoce expresamente que el Servicio de IA es de naturaleza puramente tecnológica y comercial de asistencia preliminar. Mayo Infografía opera estrictamente como desarrollador, proveedor de software e integrador tecnológico. Mayo Infografía:

  • No ejerce, bajo ninguna circunstancia, actividad de intermediación, agencia o comercialización inmobiliaria, ni actúa como representante, mandatario, asesor legal, fiscal, técnico o financiero de los compradores ni del Cliente.
  • No asume ninguna obligación de resultado comercial. Los resultados de conversión, la generación de visitas efectivas, la captación de reservas o la venta de inmuebles dependen exclusivamente de las condiciones de mercado, el precio del inmueble, el diseño de la promoción, la solvencia de los compradores y la gestión comercial que realice el equipo del Cliente.

1.5 Delimitación Funcional del Avatar (Tier Standard)

El Avatar, en su modalidad Tier Standard, opera como asistente de información general y cualificación de leads. Su función es proporcionar información genérica sobre la promoción inmobiliaria del Cliente (ubicación, tipologías, calidades generales, zonas comunes, rangos de precios orientativos autorizados por el Cliente) y captar datos de contacto de usuarios interesados para su traslado al equipo comercial humano del Cliente.

El Avatar NO actúa como catálogo de viviendas, agente comercial virtual ni buscador inmobiliario. En particular:

  • No nombrará viviendas concretas por número, referencia, planta ni bloque.
  • No confirmará ni negará la disponibilidad de una unidad individualizada.
  • No proporcionará precios exactos asociados a una unidad concreta, sino únicamente rangos orientativos por tipología cuando el Cliente los haya autorizado expresamente.
  • No realizará comparativas entre unidades ni recomendará una vivienda específica al usuario.

La información de disponibilidad que el Avatar maneje se limitará a datos agregados por tipología (ej. «tenemos viviendas de 2 y 3 dormitorios disponibles»), nunca a inventario unitario. Cuando el usuario solicite información sobre una unidad concreta, el Avatar derivará la consulta al equipo comercial del Cliente.

2. CONDICIONES DE ACTIVACIÓN Y ENTREGA DE INFORMACIÓN

2.1 Dependencia de la Información Facilitada

El correcto funcionamiento, veracidad y precisión de las respuestas del Avatar dependen directamente de la calidad, exactitud y completitud de la documentación facilitada por el Cliente para su entrenamiento.

2.2 Requisitos para la Fase de Setup

Para que el Proveedor inicie los trabajos de Setup, el Cliente deberá:

  1. Haber aceptado la propuesta comercial y abonado el pago inicial del Setup estipulado en dicho presupuesto.
  2. Facilitar al Proveedor toda la información técnica, comercial y de stock que constituirá la base de conocimiento del Avatar. Esto incluye, entre otros: planos del proyecto, memoria de calidades, cuadro de superficies, cuadro de precios oficial, calendario estimado de construcción, condiciones de reserva y formas de pago, renders de visualización y preguntas frecuentes (FAQs).

2.3 Garantía de Veracidad y Ausencia de Auditoría

El Cliente garantiza de forma exclusiva que toda la información aportada es veraz, exacta, lícita, actualizada y coherente. Mayo Infografía no realizará auditorías ni verificaciones de tipo técnico, urbanístico, jurídico, registral o de cumplimiento normativo sobre las promociones del Cliente. Mayo Infografía no responderá por reclamaciones de terceros derivadas de errores, omisiones, discrepancias, publicidad engañosa, vicios ocultos o desactualización presentes en la documentación suministrada por el Cliente.

2.4 Actualización Periódica de Información General y Disponibilidad por Tipología

El Cliente asume la obligación de mantener razonablemente actualizada la información general de la promoción que forma parte de la base de conocimiento del Avatar, incluyendo: tipologías disponibles, rangos de precios orientativos autorizados, calidades generales, estado de la obra y datos genéricos de disponibilidad agregada por tipología (ej. «viviendas de 2 dormitorios disponibles», «áticos agotados»).

  • Canal y Procedimiento: El Cliente comunicará las actualizaciones al Proveedor por escrito (email, panel de gestión habilitado o hoja de cálculo compartida tipo Google Sheets con formato predefinido por el Proveedor). La información de disponibilidad se expresará siempre en formato agregado por tipología (número aproximado de unidades disponibles por tipo), nunca mediante identificación de unidades individuales.
  • Límite del Avatar: De conformidad con la cláusula 1.5, el Avatar únicamente comunicará datos de disponibilidad agregados («tenemos pisos de 3 dormitorios disponibles»). El Avatar nunca identificará, nombrará ni ofrecerá viviendas individuales por número, referencia o planta. En caso de que la información agregada facilitada por el Cliente resulte inexacta o desactualizada, el Proveedor declina toda responsabilidad, siendo el Cliente el único responsable de la veracidad de los datos suministrados.
  • Límite de Tiempo para Modificaciones: Las actualizaciones de información general notificadas por el Cliente al Proveedor serán implementadas en la base de conocimiento del Avatar en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas hábiles desde la confirmación de recepción.

2.5 Aprobación del Setup

Finalizado el Setup, el Proveedor notificará al Cliente la disponibilidad del Avatar en el entorno de pruebas (sandbox). El Cliente dispondrá de un plazo de siete (7) días hábiles para revisar el funcionamiento y comunicar incidencias objetivas basadas en la documentación suministrada. Transcurrido dicho plazo sin comunicación escrita por parte del Cliente, los trabajos del Setup se considerarán aprobados tácitamente y listos para su puesta en producción, iniciándose la obligación de suscripción mensual para su despliegue activo. A estos efectos, se entenderán por incidencias objetivas aquellas discrepancias verificables entre el comportamiento del Avatar y la documentación técnica facilitada por el Cliente al Proveedor para su entrenamiento. No tendrán la consideración de incidencias objetivas las preferencias estéticas, de tono conversacional, de estilo de respuesta ni las modificaciones de alcance no incluidas en el Setup original.

2.6 Integraciones Técnicas Estándar (Webhooks / Automatizaciones)

Como parte de la Fase de Setup, el Proveedor configura y pone en marcha las siguientes integraciones técnicas estándar mediante flujos de automatización y webhooks, incluidas en el precio del Setup según lo presupuestado:

Integración EstándarDescripciónResponsabilidad
Envío de resumen de conversaciónResumen estructurado de la interacción usuario-Avatar al finalizar la sesiónProveedor configura; Cliente recibe en email/endpoint designado
Envío de transcripción completaTranscripción íntegra (texto) de la sesión de chat/vozProveedor configura; Cliente recibe en email/endpoint designado
Envío de datos del lead (cualificación)Datos capturados: nombre, email, teléfono, intereses, presupuesto, tipologíaProveedor configura; Cliente recibe en email/Google Sheets/endpoint
Envío de dossier informativo al usuarioEmail automático al usuario con PDF/enlace a dossier de la promociónProveedor configura plantilla y disparador; Cliente aporta dossier PDF
Notificación por email al Cliente (Promotora)Alerta en tiempo real al equipo comercial del Cliente con datos del leadProveedor configura destinatarios y plantilla; Cliente mantiene lista actualizada
Registro en Google Sheets (hoja de leads)Fila añadida a hoja de cálculo compartida con columnas predefinidasProveedor configura conexión y mapeo; Cliente concede acceso a la hoja
Consulta de disponibilidad agregada por tipologíaEl Avatar accede a datos de disponibilidad genérica por tipología (ej. «viviendas de 2 dormitorios: disponibles / agotadas») contra hoja compartida o endpoint del Cliente. No incluye consulta de unidades individuales (cláusula 1.5).Cliente mantiene los datos agregados actualizados (ver cláusula 2.4); Proveedor configura la lectura

Condiciones de las integraciones estándar:

  • Estas integraciones se entregan configuradas y probadas en la Fase de Setup.
  • Cualquier modificación posterior (nuevos campos, cambio de destino, nuevo formato, nueva automatización, integración con CRM/ERP distinto) se tramitará como Change Request (cláusula 15).
  • El Cliente es responsable de: (a) conceder accesos/credenciales necesarias (Google Sheets, APIs, SMTP, webhooks); (b) mantener los endpoints/destinos operativos; (c) validar que los datos recibidos son correctos durante el plazo de revisión del Setup previsto en la cláusula 2.5 (siete días hábiles).
  • El Proveedor no responde por fallos de entrega causados por: cambios en APIs de terceros (Google, proveedores email), credenciales revocadas, cuotas excedidas, o modificaciones en la infraestructura del Cliente no comunicadas.

3. LÍMITES OPERATIVOS Y TARIFAS POR EXCESO (OVERAGE)

3.1 Límites de la Suscripción Base

La suscripción mensual estándar de Elena Live Avatar está sujeta a los siguientes límites de uso y capacidades técnicas por mes natural:

Parámetro OperativoLímite Estándar Incluido
Tiempo de interacción mensual250 minutos por mes de conexión activa de vídeo/audio
Sesiones simultáneasHasta 3 sesiones simultáneas concurrentes de usuarios en la web
Límite por sesión individualMáximo 10 minutos por sesión de chat individual

3.2 Tarifa de Exceso de Minutos (Overage)

En caso de que el consumo acumulado de interacciones de los usuarios en el sitio web del Cliente supere el límite incluido en el plan base (250 minutos/mes) dentro de un mismo ciclo de facturación:

  • El Cliente se obliga al pago de una tarifa adicional por minuto consumido en exceso (en adelante, la «Tarifa de Overage»).
  • La Tarifa de Overage será de 0,30 € (treinta céntimos de euro) por cada minuto adicional consumido, o la tarifa específica que aparezca detallada y actualizada en la pasarela de Stripe Billing en el momento del devengo del consumo, la cual se entiende aceptada por el Cliente al renovar o continuar con el servicio.
  • Los consumos por exceso de minutos se facturarán a mes vencido o se cargarán automáticamente en la tarjeta registrada del Cliente a través de Stripe una vez alcanzados determinados umbrales de facturación incremental de seguridad (billing thresholds) configurados en Stripe Billing.
  • Tope máximo mensual de overage: El importe máximo acumulado de overage facturable en un mismo mes natural quedará limitado al doble del importe de la cuota mensual base contratada, salvo que el Cliente autorice expresamente por escrito un límite superior. Alcanzado dicho tope, el Proveedor suspenderá temporalmente el servicio de interacción con el Avatar hasta el inicio del siguiente ciclo de facturación o hasta que el Cliente apruebe la ampliación del límite.
  • Control técnico en plataforma de renderizado: El Proveedor habilitará los mecanismos de spend cap disponibles en la plataforma de avatar (Anam o equivalente) para aplicar el tope de gasto configurado, de modo que, alcanzado dicho límite, las nuevas sesiones de interacción no se iniciarán hasta el inicio del siguiente ciclo de facturación o hasta que el Cliente autorice expresamente la ampliación del límite. Esta configuración técnica no garantiza en todo caso la ausencia absoluta de consumos marginales por sesiones ya iniciadas en el momento de alcanzarse el tope.
  • El Proveedor se reserva el derecho de suspender el servicio temporalmente si el consumo de minutos por exceso supera en un 50 % el límite base en un mismo mes y Stripe Billing no puede procesar el cargo de seguridad, a fin de evitar costes imprevistos para el Cliente.

4. NATURALEZA PROBABILÍSTICA DE LA IA, ALUCINACIONES Y EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

4.1 Reconocimiento del Riesgo Tecnológico

El Cliente reconoce y acepta de manera informada y expresa que el Avatar interactivo opera mediante sistemas de Inteligencia Artificial Generativa basados en modelos de lenguaje probabilísticos (LLM). Estos sistemas, por su propia naturaleza y estado actual de la técnica, pueden generar respuestas que, aunque gramatical y comercialmente plausibles, contengan errores fácticos, omisiones, interpretaciones inexactas o imprecisiones no contenidas en la documentación de entrenamiento, fenómeno técnico denominado «alucinación».

4.2 Medidas de Mitigación del Proveedor

El Proveedor garantiza que implementará estándares de desarrollo profesional para mitigar el riesgo de alucinaciones, aplicando técnicas de Generación Aumentada por Recuperación (RAG) que restrinjan la base de conocimiento del Avatar a la documentación técnica oficial del Cliente, ajustando parámetros de temperatura de respuesta e incorporando instrucciones estrictas de seguridad de sistema (system prompts y guardrails). El Cliente acepta que, a pesar de estas medidas protectoras, el riesgo de respuestas imprecisas no puede eliminarse por completo.

4.3 Exclusión de Responsabilidad por Errores de IA (Alucinaciones)

Mayo Infografía no asumirá responsabilidad alguna por cualesquiera daños o perjuicios directos o indirectos, pérdidas comerciales, reclamaciones, demandas o sanciones que se deriven de respuestas incorrectas, imprecisas, incompletas o alucinadas emitidas por el Avatar, salvo que concurra dolo o negligencia grave directa e inequívocamente imputable a Mayo Infografía en el proceso de configuración técnica inicial.

4.4 Ausencia de Capacidad de Vinculación Jurídica y Obligación de Ratificación Escrita

El Avatar carece de personalidad jurídica, representación comercial, ni capacidad de vinculación civil, comercial o contractual.

  • Ninguna comunicación, audio, texto, transcripción o respuesta emitida por el Avatar a un usuario tendrá consideración de oferta contractual vinculante, precontrato, compromiso de venta, opción de compra, reserva de inmueble ni modificación de condiciones de venta o de precios.
  • Obligación de Ratificación: El Cliente asume la obligación ineludible de verificar y ratificar de manera manual, directa y por escrito, a través de sus gestores comerciales humanos, toda información comercial relevante (especialmente precios, condiciones de pago, metros cuadrados y memorias de calidades) con los compradores potenciales antes de formalizar cualquier contrato de arras, reserva, contrato privado de compraventa (CPCV) o escritura pública.
  • Ninguna información suministrada por el Avatar podrá ser incorporada como cláusula, anexo o documento integrante de un contrato privado o público sin dicha verificación humana previa.

4.5 Límite Cuantitativo de Responsabilidad

Sujeto a los límites imperativos de la legislación española y con exclusión de los supuestos de dolo o negligencia grave, la responsabilidad civil total agregada del Proveedor frente al Cliente por cualquier concepto derivado de la prestación del Servicio de IA estará topada cuantitativamente en un importe máximo equivalente a la suma de las cuotas mensuales netas efectivamente abonadas por el Cliente por el Servicio de IA durante los últimos seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha en que se produjo el hecho causante del daño.

Se excluyen expresamente de indemnización el lucro cesante, la pérdida de oportunidades de negocio, la pérdida de datos del Cliente y el daño reputacional. Respecto a las reclamaciones de consumidores finales, el Cliente mantendrá indemne al Proveedor frente a cualquier reclamación, sanción, coste o daño derivado de reclamaciones de usuarios fundamentadas en la legislación de defensa de consumidores y usuarios (LGDCU) que tengan su origen en: (a) la información facilitada por el Cliente para el entrenamiento del Avatar; (b) el uso que el Cliente haga del Servicio; o (c) la omisión por parte del Cliente de la obligación de ratificación escrita establecida en la cláusula 4.4.

5. DISPONIBILIDAD, SLA Y DEPENDENCIA DE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS DE TERCEROS

5.1 Dependencia Estructural de Plataformas de Terceros

El Cliente comprende y acepta que el funcionamiento del Avatar depende de manera estructural de la conectividad, estabilidad, latencias, APIs y servicios en la nube de proveedores tecnológicos globales de infraestructura (en adelante, «Plataformas de Terceros»), que incluyen, a título enunciativo y no limitativo, las siguientes categorías:

  • Modelos de Lenguaje (LLM) e Inferencia: proveedores de APIs de modelos fundacionales de lenguaje.
  • Renderizado de Avatar en Tiempo Real / Orquestación Voz-Vídeo: plataformas de streaming de avatar y orquestación conversacional.
  • Síntesis y Reconocimiento de Voz (STT / TTS): proveedores de síntesis y transcripción de voz.
  • Bases de Datos Vectoriales / RAG / Recuperación: servicios de vector search y almacenamiento de embeddings.
  • Infraestructura Cloud / Alojamiento / Red / Observabilidad: proveedores de computación, CDN, balanceo, DNS, WAF, logging y APM.
  • Automatizaciones / Backend / Integraciones: plataformas de workflows, webhooks y conectores.
  • Pasarela de Pago / Facturación / Suscripción: servicios de billing recurrente y checkout.
  • Comunicaciones / Email / Notificaciones: proveedores de email transaccional, SMS y mensajería interna.
  • Identidad / Autenticación / Autorización (si aplica panel): servicios de autenticación, MFA y gestión de accesos.

La lista anterior es enunciativa y no exhaustiva. El Proveedor podrá sustituir, añadir o retirar proveedores de la cadena tecnológica sin previo aviso, siempre que mantenga un nivel equivalente de funcionalidad, seguridad y cumplimiento normativo. El Cliente no podrá oponerse a la sustitución de un proveedor tercero siempre que el Proveedor garantice funcionalidad equivalente. La identidad y configuración concreta de cada proveedor en un momento dado constituye secreto comercial del Proveedor (cláusula 13) y se comunicará al Cliente bajo petición razonable y firma de NDA, o a través del Anexo de Subencargados del AET (cláusula 7.2).

5.2 Exención de Responsabilidad por Caídas de Terceros

El Proveedor no controla la operativa técnica interna, políticas de mantenimiento, ni cambios repentinos en las API de estas Plataformas de Terceros. En consecuencia, el Proveedor quedará eximido de cualquier responsabilidad y no se considerará incumplimiento contractual la indisponibilidad, latencia excesiva, caídas de servicio o mal funcionamiento del Avatar que tengan su origen directo o indirecto en fallos técnicos, interrupciones, suspensiones por mantenimiento, ataques informáticos externos o cortes en las Plataformas de Terceros, cambios unilaterales en APIs, SDKs, protocolos de autenticación o políticas de seguridad de las Plataformas de Terceros (cláusula 5.5), en la red de internet pública o en el entorno técnico de alojamiento de la propia web del Cliente.

5.3 SLA de Soporte y Mejores Esfuerzos (Best Efforts)

El Proveedor no ofrece garantías cuantitativas absolutas de disponibilidad de tiempo de actividad (uptime garantizado en porcentaje), debido a las dependencias operativas indicadas. El servicio se presta en modalidad «según disponibilidad» y «mejores esfuerzos» (best efforts).

Compromiso de disponibilidad del widget (SLA): Excluyendo las caídas atribuibles a Plataformas de Terceros (cláusula 5.2), fuerza mayor (cláusula 11), mantenimiento programado (cláusula 5.4) y actos u omisiones del Cliente, el Proveedor se compromete a mantener el widget del Avatar operativo y accesible en el sitio web del Cliente con un 95% de disponibilidad mensual. Este compromiso SLA aplica exclusivamente al widget desplegado en el dominio de producción del Cliente. Los entornos de demostración, sandbox, staging o pre-producción no están cubiertos por el SLA ni generan derecho a compensación.

Compensación por incumplimiento SLA: Si la disponibilidad mensual cae por debajo del 95% por causa imputable al Proveedor, el Cliente tendrá derecho a un día de servicio gratuito por cada período de 24 horas consecutivas de indisponibilidad imputable al Proveedor. El crédito se aplicará como extensión del período de suscripción (un día adicional sin cargo). El Cliente deberá solicitarlo por escrito dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del mes afectado. Tope máximo de créditos SLA: El crédito máximo acumulable por SLA en un mismo mes natural no podrá superar el equivalente a siete (7) días de servicio.

Monitorización proactiva: El Proveedor dispone de un sistema de monitorización automática de flujos de trabajo que detecta errores en tiempo real y notifica al equipo técnico mediante alertas instantáneas (Telegram) con detalle del nodo, flujo y tipo de error. Esta monitorización cubre las automatizaciones de backend (envío de leads, transcripciones, dossier, notificaciones, Sheets, consultas de disponibilidad) y la disponibilidad del endpoint del widget.

  • En caso de incidencia técnica detectada en el widget (ya sea por alerta automática o notificación del Cliente), el Proveedor se compromete a iniciar las tareas de diagnóstico en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas hábiles desde la detección o notificación por escrito del Cliente a través de los canales de soporte autorizados (email o panel de Stripe).
  • Si la incidencia tiene su causa en sistemas internos del Proveedor (incluidos flujos, webhooks, APIs propias), este aplicará sus mejores recursos técnicos para restaurar el servicio a la mayor brevedad.
  • Si el fallo radica en una Plataforma de Terceros, el Proveedor actuará de enlace para monitorizar la restauración del servicio de dicho proveedor global, manteniendo informado al Cliente.
  • Las alertas automáticas internas no sustituyen la notificación formal del Cliente para activar el compromiso de respuesta de 24h hábiles, pero permiten al Proveedor iniciar la investigación de forma proactiva en muchos casos antes de que el Cliente reporte el problema.

5.4 Ventanas de Mantenimiento

El Proveedor se reserva el derecho de interrumpir temporalmente el acceso al widget del Avatar para realizar tareas de mantenimiento preventivo, actualizaciones de seguridad, parches y mejoras técnicas. Estas interrupciones se realizarán preferentemente en horario de baja actividad comercial (entre las 22:00 y las 06:00 horas, horario peninsular español) y, cuando sea técnicamente posible, serán comunicadas al Cliente con un preaviso mínimo de veinticuatro (24) horas.

5.5 Cambios Unilaterales en APIs, SDKs o Políticas de Seguridad de Plataformas de Terceros

El Cliente reconoce que las Plataformas de Terceros enumeradas en la cláusula 5.1 pueden, de forma unilateral y sin previo aviso al Proveedor, modificar, deprecar, restringir o eliminar funcionalidades, APIs, SDKs, protocolos de autenticación, políticas de seguridad, formatos de integración, endpoints o condiciones de uso (en adelante, «Cambios Unilaterales»). Estos Cambios Unilaterales, aunque no constituyan una interrupción del servicio del proveedor tercero en sí mismo, pueden causar la indisponibilidad temporal, degradación funcional o incompatibilidad del widget del Avatar con el entorno de integración del Cliente.

Cuando se detecte un Cambio Unilateral que afecte al funcionamiento del Avatar:

  1. El Proveedor notificará al Cliente en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas hábiles desde la detección del Cambio Unilateral, indicando la naturaleza del problema y el impacto estimado.
  2. El Proveedor aplicará sus mejores esfuerzos técnicos para adaptar la integración al nuevo requisito del proveedor tercero en el menor plazo posible, sin que esta adaptación genere coste adicional para el Cliente, salvo que el Cambio Unilateral requiera un rediseño sustancial de la arquitectura de integración (en cuyo caso se tramitará como Change Request conforme a la cláusula 15).
  3. Durante el período de adaptación (desde la detección del Cambio Unilateral hasta la restauración de la funcionalidad), la indisponibilidad del Avatar no computará a efectos del cálculo del SLA de la cláusula 5.3, no se considerará incumplimiento contractual del Proveedor, y no generará derecho a compensación ni a resolución contractual por parte del Cliente.
  4. Si el Cambio Unilateral hace técnica o económicamente inviable la continuidad del servicio con el proveedor tercero afectado, el Proveedor podrá sustituir dicho proveedor por otro de funcionalidad equivalente (derecho de sustitución de la cláusula 5.1) sin necesidad de consentimiento del Cliente, comunicando la sustitución en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. El nuevo proveedor seleccionado no podrá suponer un empeoramiento de la calidad del servicio contratado (latencia, disponibilidad, fidelidad visual/voz, capacidades funcionales). Si el Cliente considera que la sustitución degrada el servicio, podrá solicitar revisión técnica en un plazo de 10 días hábiles; de confirmarse la degradación, el Proveedor revertirá o buscará alternativa equivalente sin coste adicional.

6. CUMPLIMIENTO NORMATIVO: AI ACT, ACCESIBILIDAD Y USO ACEPTABLE

6.1 Obligaciones de Transparencia (Art. 50 AI Act)

De conformidad con las disposiciones obligatorias del Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial (EU AI Act), cuya aplicación plena rige desde el 2 de agosto de 2026:

  • Aviso Obligatorio (Responsabilidad del Desplegador): El Cliente, como desplegador (Deployer) del sistema de IA en su sitio web, asume la obligación exclusiva de informar a los usuarios finales, a más tardar al inicio de la primera interacción, de que están interactuando con un asistente virtual basado en inteligencia artificial y no con una persona humana. Dicho aviso deberá incluirse en el entorno web del Cliente (ej. parte inferior del widget, pie de página, aviso legal o política de privacidad), de forma visible, clara y distinguible.
  • Transparencia en el Comportamiento del Avatar: El Proveedor configurará el sistema de prompts e instrucciones del Avatar para que, en su comportamiento conversacional, revele su naturaleza de asistente virtual basado en IA cuando el usuario pregunte o cuando sea relevante para la interacción, sin perjuicio de la obligación principal del Cliente descrita en el párrafo anterior.
  • Obligaciones Complementarias del Cliente: El Cliente se obliga a no ocultar, alterar, suprimir ni modificar mediante CSS, scripts o contenedores el aviso de transparencia integrado en el widget (si el Proveedor implementara alguno a nivel de interfaz en futuras versiones), y a mantener en su web los avisos legales propios exigidos por el Art. 50 AI Act.

6.2 Distribución de Roles bajo el AI Act

Las partes determinarán sus respectivos roles finales conforme al Reglamento (UE) 2024/1689 atendiendo a sus funciones reales en cada caso de despliegue concreto, pudiendo variar la distribución de responsabilidades en función de quién determine la finalidad del sistema, quién lo comercialice, quién lo modifique y quién decida su despliegue. Con carácter orientativo y sin perjuicio de lo anterior:

  • Rol del Proveedor (Mayo Infografía): En la configuración estándar del Servicio, actúa preferentemente como desarrollador e integrador (Provider) bajo el Reglamento, siendo responsable del diseño técnico, la transparencia por diseño, la calidad de la integración y la provisión de instrucciones de uso claras al Cliente.
  • Rol del Cliente: En la configuración estándar del Servicio, actúa preferentemente como desplegador (Deployer) bajo el Reglamento, siendo responsable del uso que se haga del Avatar en su sitio web, de no utilizarlo para fines distintos de los previstos, y de que su personal esté debidamente informado sobre las capacidades y limitaciones técnicas del sistema.

6.3 Cumplimiento AESIA y Supervisión

El Proveedor mantendrá la documentación técnica del sistema de IA (ficha del sistema, evaluación de riesgos, logs de operación, registro de incidentes) actualizada y a disposición de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) u otra autoridad competente, de conformidad con los Arts. 11, 12, 15, 20 y 72 del AI Act. El Proveedor garantiza el cumplimiento de los requisitos de exactitud, robustez y ciberseguridad del Art. 15 AI Act. El Proveedor colaborará plenamente con cualquier inspección, requerimiento o investigación de la AESIA. El Cliente facilitará al Proveedor la información necesaria para el cumplimiento de dichas obligaciones.

6.4 Accesibilidad Digital (Ley 11/2023 / EN 301 549 / WCAG 2.1 AA)

El widget Elena Live Avatar proporciona nativamente:

  • Navegación completa por teclado y foco visible
  • Etiquetas ARIA y nombres accesibles en los controles del widget
  • Compatibilidad con lectores de pantalla (NVDA, JAWS, VoiceOver)
  • Respeto a prefers-reduced-motion

Estado de certificación WCAG 2.1 AA / EN 301 549 v3.2.1:

El cumplimiento de los criterios de accesibilidad (contraste 4.5:1, subtítulos en vídeo/voz, redimensionamiento de texto, orden del foco, foco visible, idioma de página, identificación de errores, sugerencia de corrección, nombre/rol/valor, mensajes de estado) se encuentra en fase de verificación y certificación formal (VPAT/Accessibility Conformance Report), conforme al compromiso público de la empresa suministradora en su AI Governance (committed to making its AI Services accessible... adherence to accessibility standards).

Responsabilidad compartida: El Cliente, como propietario del sitio web, es responsable de que su página cumpla WCAG 2.1 AA. El Proveedor no responde de barreras introducidas por el entorno web del Cliente (CSS, scripts, contenedores).

6.5 Ley 10/2025 — Derecho a Atención Humana

Conforme a la Ley 10/2025 (cuyo plazo de cumplimiento pleno vence el 28 de diciembre de 2026), que garantiza el derecho de los consumidores a ser atendidos por una persona humana, el Cliente (si es sujeto obligado: más de 250 empleados, más de 50 M€ de facturación, o presta servicios financieros o básicos) no podrá configurar el Avatar como único canal de atención.

El Cliente es el único responsable de que su servicio de atención cumpla con dicha normativa, bajo las siguientes condiciones de servicio:

  • Derivación Técnica Estándar (Flujo de IA): El Avatar estará entrenado para detectar la intención del usuario de ser atendido por una persona humana. Cuando se detecte dicha intención, el sistema registrará la solicitud y activará de forma automática las integraciones de backend estándar configuradas (envío de email transaccional con la transcripción, alerta de "solicitud de atención humana" o registro en Google Sheets) para que el equipo comercial humano del Cliente proceda a su contacto manual.
  • Implementación de Canales Humanos: El Cliente es el único responsable de mantener operativos sus propios canales de contacto humano fuera del widget (teléfono visible, formulario de contacto, chat humano independiente) para dar respuesta a estas derivaciones.
  • Opción de Botón de Escalado en Widget (Setup Opcional): Si el Cliente desea que el widget del Avatar incorpore un botón o elemento visual directo de derivación humana integrado en su interfaz HTML, esta funcionalidad deberá solicitarse como una partida adicional de Setup, la cual será presupuestada y facturada de forma independiente conforme al procedimiento de Cambio de Alcance (Change Request) de la cláusula 15.
  • Exclusión de Sanciones: Si el Cliente omite implementar un mecanismo de escalado a atención humana cuando le resulte legalmente exigible, asumirá en exclusiva la responsabilidad por incumplimiento de la Ley 10/2025 y las sanciones derivadas de la misma (hasta 600.000 €), manteniendo indemne al Proveedor.

6.6 Cookies y Consentimiento del Widget

El widget Elena Live Avatar puede utilizar cookies y almacenamiento local para: (a) sesión de chat y persistencia de conversación; (b) preferencias de accesibilidad; (c) métricas de uso anonimizadas. El Proveedor documentará la tipología, finalidad y duración de dichas cookies en el AET (cláusula 7.2). El Cliente, como responsable de su web, debe configurar su CMP/banner de cookies para incluir las cookies del widget, obtener consentimiento granular previo a la carga (carga diferida lazy-load hasta consentimiento), y permitir la retirada del consentimiento. El Proveedor facilitará la lista actualizada de cookies bajo petición.

6.7 Política de Uso Aceptable (AUP)

El Cliente se compromete a no utilizar el Servicio, ni permitir que sus usuarios lo utilicen, para:

  • Generar o facilitar contenido discriminatorio, difamatorio, ilegal, violento, pornográfico, de odio, o que vulnere derechos de propiedad intelectual, intimidad o imagen.
  • Realizar scoring social, perfilado discriminatorio, toma de decisiones automatizadas con efectos jurídicos significativos (Art. 22 RGPD) sin base legal válida.
  • Suplantar identidad, realizar phishing, ingeniería social o fraude.
  • Difundir publicidad engañosa, información falsa deliberada sobre características, precios o disponibilidad de inmuebles.
  • Interferir, descompilar, extraer código, realizar model extraction, prompt injection masivo o ataques de denegación de servicio contra el Servicio o sus proveedores.

El incumplimiento de esta AUP faculta al Proveedor a suspender el Servicio de forma inmediata, sin necesidad de requerimiento previo y sin que ello genere derecho a devolución de cuotas abonadas. El Proveedor informará al Cliente de la suspensión y sus motivos mediante correo electrónico a la dirección registrada, detallando la infracción detectada y, en su caso, los pasos para subsanarla. En caso de infracción grave o reiterada, el Proveedor podrá resolver el contrato de pleno derecho (cláusula 10.3), sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios causados.

6.8 Prevención de Blanqueo de Capitales (Ley 10/2010 — Sector Inmobiliario)

El Cliente reconoce que, como promotor/comercializador inmobiliario, es sujeto obligado bajo la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. El Avatar no realiza de forma autónoma ni controlada verificaciones de identidad (KYC), análisis de titularidad real, ni comunicaciones al SEPBLAC. El Cliente asume en exclusiva el cumplimiento de sus obligaciones de diligencia debida, examen especial, conservación de documentos y comunicación de operaciones sospechosas. El Proveedor no sustituye ni complementa las obligaciones PBC del Cliente.

7. PROTECCIÓN DE DATOS (RGPD) Y GESTIÓN DE LEADS (CHINESE WALLS)

7.1 Roles Legales bajo el RGPD

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD):

  • Responsable del Tratamiento: El Cliente es el único Responsable del tratamiento de los datos personales (nombres, correos, teléfonos, intereses de compra) que sean captados, registrados o recopilados a través de las conversaciones mantenidas por los usuarios web con el Avatar.
  • Encargado del Tratamiento: Mayo Infografía actúa estrictamente como Encargado del tratamiento (Art. 28 RGPD), tratando los datos personales por cuenta del Cliente y siguiendo sus instrucciones documentadas en el marco del presente servicio.

7.2 Acuerdo de Encargo de Tratamiento (AET)

Ambas partes formalizarán, con carácter previo al inicio de la Fase de Operación, el correspondiente documento de Acuerdo de Encargo de Tratamiento (AET). En dicho acuerdo se establecerá que el Proveedor tratará los datos de acuerdo con las directrices del Cliente, implementará medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, notificará brechas de seguridad sin dilación indebida y en todo caso en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas desde que el Proveedor tenga conocimiento de las mismas, conforme al artículo 33 del RGPD, y colaborará en la resolución de ejercicios de derechos ARCO-POL de los interesados.

Exclusión de Grabación y Almacenamiento de Voz (Datos Biométricos): Con el fin de garantizar el principio de minimización de datos (Art. 5.1.c del RGPD), el Proveedor garantiza que el widget Elena Live Avatar procesa la voz del usuario final de forma estrictamente efímera y en memoria volátil para su conversión a texto en tiempo real. En ningún caso se procederá a la grabación, registro, almacenamiento o conservación de archivos de audio, voz o características biométricas de los usuarios en los servidores del Proveedor ni de sus subencargados, quedando el tratamiento estrictamente limitado al procesamiento de las transcripciones de texto resultantes.

7.3 Subencargados Autorizados

El Proveedor podrá utilizar subencargados pertenecientes a las siguientes categorías funcionales, todos ellos vinculados contractualmente mediante cláusulas tipo SCC (Decisión 2021/914) y con nivel de protección equivalente:

  • Modelos de lenguaje (LLM) e inferencia — APIs de modelos fundacionales
  • Renderizado de avatar y orquestación voz-vídeo — plataformas de streaming conversacional
  • Síntesis y reconocimiento de voz (STT/TTS) — motores de TTS y STT
  • Bases de datos vectoriales / RAG — servicios de vector search y almacenamiento de embeddings
  • Infraestructura cloud, alojamiento, red y observabilidad — computación, CDN, DNS, WAF, logging, APM
  • Automatizaciones, backend e integraciones — plataformas de workflows, webhooks y conectores
  • Pasarela de pago, facturación y suscripción — servicios de billing recurrente
  • Comunicaciones, email y notificaciones — email transaccional, SMS, WhatsApp Business, alertas internas
  • Identidad, autenticación y autorización — servicios de auth, MFA, SSO, organizaciones

La lista nominal actualizada de subencargados (identidad concreta, localización, finalidad, garantías) se mantiene como Anexo confidencial del AET (cláusula 7.2) y se entregará al Cliente bajo petición razonable y firma de NDA, de conformidad con el Art. 28.2 RGPD. Dicha identidad detallada constituye secreto comercial del Proveedor (cláusula 13). Cualquier nuevo subencargado será notificado al Cliente con antelación razonable para que pueda oponerse motivadamente.

7.4 Cláusula de Aislamiento de Entornos y Arquitectura de Red Segura

El Proveedor garantiza expresamente que el procesamiento de flujos, transcripciones, audios y datos de contacto recopilados por el Avatar se realiza bajo una arquitectura de aislamiento de entornos, seguridad perimetral de red y segmentación de datos dentro de sus servidores privados dedicados. A estos efectos, el Proveedor garantiza:

  • Aislamiento Estricto de Entornos (Producción vs. Desarrollo): Los datos personales, integraciones y flujos operativos del Cliente se ejecutan de forma exclusiva en un servidor virtual dedicado (VPS) de producción. Este entorno de producción está física y lógicamente aislado de los sistemas de pruebas, desarrollo (sandbox), demostraciones o pre-producción del Proveedor, impidiendo que el software en fase de pruebas acceda o comprometa la información de los leads reales del Cliente.
  • Invisibilidad de Red (Red Privada Virtual - VPN): Los servidores de almacenamiento, bases de datos lógicas y flujos de automatización que procesan la información del Cliente no exponen puertos públicos a Internet (bloqueo total a nivel de cortafuegos / firewall). La comunicación técnica interna entre la pasarela pública de entrada (Edge Proxy / Proxy Inverso) y el servidor interno de procesamiento se establece de forma exclusiva a través de un túnel privado cifrado de alta seguridad (VPN) mediante protocolos de criptografía avanzada (WireGuard o equivalente).
  • Bases de Datos Segregadas: Los datos de cada Cliente se almacenan y procesan en instancias o esquemas de bases de datos lógicamente segregadas e independientes dentro de la infraestructura interna del Proveedor, garantizando que la información de un negocio o promoción inmobiliaria no se mezcle ni sea accesible por otros clientes.
  • Seguridad en el Tránsito de Datos: Todo el tráfico de información entre el widget integrado en el sitio web del Cliente y la pasarela de seguridad perimetral del Proveedor se realiza de forma cifrada mediante protocolos de transferencia segura hipertexto de última generación (HTTPS / SSL-TLS).

7.5 Murallas Chinas (Chinese Walls) y Prohibición de Uso Comercial Cruzado

El Proveedor, consciente de la confidencialidad estratégica de los leads comerciales captados en el sector de la promoción inmobiliaria y de las actividades que otras marcas, divisiones comerciales, marcas asociadas, futuros spin-offs o empresas vinculadas al grupo del Proveedor (incluyendo divisiones dedicadas a la comercialización inmobiliaria) puedan desarrollar en el mercado:

  • Garantía de No Explotación Cruzada: El Proveedor se obliga y garantiza que los datos de leads captados por el Avatar del Cliente serán utilizados única y exclusivamente para prestar el Servicio de IA a ese Cliente en particular.
  • Prohibición de Minería y Transferencia: Queda estrictamente prohibido al Proveedor utilizar dichos leads como input comercial, base de prospección, entrenamiento genérico de modelos fuera del entorno del Cliente, o transferirlos, directa o indirectamente, a cualquier otra actividad, marca del grupo, socio comercial, o tercera empresa relacionada con la venta de inmuebles (incluyendo marcas inmobiliarias vinculadas presentes o futuras del grupo Mayo Infografía), con independencia del nombre comercial bajo el que operen y de que compartan infraestructura técnica de servidores.
  • El Proveedor mantendrá un estricto principio de «Muralla China» (Chinese Wall) organizativa y técnica entre el personal de soporte técnico de sistemas de Mayo Infografía y cualquier profesional o división vinculada a la comercialización directa de inmuebles, para evitar conflictos de interés y asegurar el aislamiento de los datos.

7.6 Destino de los Datos tras la Terminación

Finalizada la suscripción mensual, por cualquier causa:

  • El Proveedor conservará bloqueados los datos personales de las conversaciones del Cliente durante un plazo máximo de doce (12) meses (plazo justificado en el principio de proporcionalidad del RGPD y en el plazo ordinario de prescripción de acciones de responsabilidad extracontractual y contractuales derivadas de la ejecución del Servicio), con el único fin de atender responsabilidades legales o responder ante reclamaciones contractuales.
  • Transcurrido dicho período, el Proveedor procederá a la supresión definitiva o anonimización irreversible de los datos de los servidores de producción y copias de seguridad, recuperando la capacidad de sus servidores. El Cliente no podrá exigir la restauración del servicio ni la conservación indefinida de los datos una vez finalizados los plazos de retención indicados.

7.7 Portabilidad de Datos del Cliente (Art. 20 RGPD)

El Cliente podrá solicitar, en cualquier momento durante la vigencia del contrato y hasta la supresión definitiva de los datos (cláusula 7.6), la exportación de sus datos en formato estructurado, de uso común y lectura mecánica (CSV/JSON), incluyendo: leads captados, transcripciones de conversaciones, métricas de uso y datos de sesiones. El Proveedor entregará dicha exportación en un plazo máximo de quince (15) días hábiles desde la solicitud escrita, sin coste adicional. Este derecho no incluye la base de conocimiento vectorizada, prompts, configuraciones ni código fuente del Avatar (Capas B y C, cláusula 8).

8. PROPIEDAD INTELECTUAL Y SECRETO COMERCIAL (CAPAS A/B/C)

8.1 Estructura de Titularidad en Tres Capas

Las partes acuerdan la siguiente delimitación de titularidad y derechos:

CapaDescripciónTitularidadDerechos del Cliente
Capa A — Contenidos e Información del ClienteDocumentos, planos, memorias, cuadros de precios, textos, imágenes, marca, voz autorizada, datos de clientesCliente (o sus legítimos titulares)Titularidad plena. Licencia al Proveedor solo para fines del Servicio.
Capa B — Widget Elena Configurado (Entregable Funcional)El widget Elena Live Avatar desplegado en la web del Cliente: configuración de prompts base, RAG entrenado con docs del Cliente, identidad visual estándar Elena, voz sintética estándarMayo Infografía (titularidad exclusiva)Licencia de uso temporal, revocable, no exclusiva, no transferible, no sublicenciable — limitada a la visualización e integración en el sitio web de la promoción designada mientras la suscripción esté activa y al corriente de pago.
Capa C — Tecnología Propia de Mayo InfografíaCódigo fuente, arquitectura RAG, pipelines, metodología, plantillas, conectores, automatizaciones reutilizables, know-how, prompts maestros, system prompts base, guardrails, frameworksMayo Infografía (titularidad exclusiva — Secreto Comercial Ley 1/2019)Sin derechos. No se entregan, no se licencian, no se comparten.

8.2 Licencia de Uso Temporal y Revocable (Capa B)

Mediante la contratación de la suscripción mensual a través de Stripe Billing, el Proveedor concede al Cliente una licencia de uso de carácter temporal, revocable, no exclusiva, no transferible y no sublicenciable, estrictamente limitada a la visualización e integración del widget del Avatar Elena en el sitio web de la promoción designada por el Cliente.

La licencia de uso se extinguirá de forma automática y sin necesidad de requerimiento previo en el momento de producirse el impago, suspensión o cancelación de la suscripción mensual en Stripe. El Cliente deberá retirar el widget de su sitio web en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la finalización del servicio, en coherencia con lo previsto en la cláusula 10.3.

8.3 Protección de la Capa C — Secreto Comercial

Se reconoce de mutuo acuerdo que la arquitectura técnica del RAG, los algoritmos utilizados, los prompts maestros, los system prompts base, la ingeniería interna de Elena y los frameworks de automatización constituyen secretos comerciales protegidos bajo la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. Su divulgación no autorizada dará derecho al Proveedor a reclamar los daños y perjuicios correspondientes.

8.4 Prohibiciones Expresas al Cliente

El Cliente no podrá, sin autorización escrita previa del Proveedor:

  • Copiar, reproducir, modificar, descompilar, aplicar ingeniería inversa al Avatar ni a sus componentes.
  • Revelar a terceros la estructura, funcionamiento, prompts, configuraciones, arquitectura RAG, identidad de proveedores tecnológicos.
  • Utilizar el Avatar fuera del sitio web de la promoción para la que fue configurado.
  • Entrenar, afinar (fine-tuning) o distilar modelos propios usando salidas del Avatar (model extraction).
  • Crear obras derivadas basadas en la tecnología del Proveedor.

9. CONDICIONES ECONÓMICAS, FACTURACIÓN Y GESTIÓN DE IMPAGOS

9.1 Gestión a través de Stripe Billing

El pago de la cuota mensual de la suscripción de Elena Live Avatar se gestionará de manera automatizada y exclusiva mediante la pasarela de pago seguro Stripe Billing.

  • El Cliente deberá registrar una tarjeta de crédito/débito corporativa o cuenta SEPA válida y con fondos suficientes en el enlace seguro provisto por el Proveedor.
  • Los cargos mensuales se realizarán de forma recurrente y anticipada por cada período mensual de facturación (normalmente entre los días 1 y 5 de cada mes natural en curso).
  • Las facturas se emitirán de forma electrónica y automática tras cada pago, enviándose al correo electrónico designado por el Cliente. Todos los precios que aparezcan en Stripe se entenderán en euros y estarán sujetos al IVA correspondiente de conformidad con la legislación tributaria española.

9.2 Impagos, Suspensión del Servicio e Intereses de Demora

El Cliente deberá mantener en todo momento actualizados los datos y medios de pago necesarios para atender puntualmente las obligaciones económicas derivadas del Contrato.

1. Fallos en el pago y periodo de subsanación.

En caso de que un cargo automático resulte rechazado, devuelto o no pueda efectuarse por cualquier causa imputable al Cliente o a los medios de pago designados por este, el Proveedor realizará hasta dos (2) reintentos automáticos de cobro dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al primer intento fallido.

Si, transcurridos dichos reintentos, el importe pendiente continuase impagado, el Proveedor notificará al Cliente la existencia del impago por correo electrónico a la dirección registrada, concediéndole un plazo adicional de cinco (5) días hábiles para proceder a su completa regularización.

2. Mora e intereses de demora.

El impago de cualquier cantidad vencida, líquida y exigible producirá la mora del Cliente conforme a la legislación aplicable, sin necesidad de requerimiento adicional cuando así resulte legalmente procedente.

Desde la fecha de vencimiento de la obligación y hasta su completo pago, las cantidades vencidas devengarán un interés de demora del dieciocho por ciento (18 %) anual, calculado sobre una base de días naturales y aplicando un año de trescientos sesenta y cinco (365) días, salvo que la aplicación de dicho tipo resultara incompatible con una norma imperativa o con una resolución judicial firme, en cuyo caso se aplicará el máximo legalmente admisible en cada momento (interés legal del dinero + 8 puntos porcentuales conforme a la Ley 3/2004).

El interés de demora se devengará sin perjuicio de los demás derechos que correspondan al Proveedor conforme a la legislación aplicable, incluida, cuando resulte de aplicación, la indemnización fija por costes de cobro prevista en el Art. 6 de la Ley 3/2004, más los gastos adicionales de cobro debidamente acreditados que legalmente procedan.

El Proveedor se reserva el derecho de reclamar del Cliente todos los gastos financieros y bancarios que se generen como consecuencia directa de la devolución, rechazo o impago de los recibos o cargos (incluyendo las comisiones por devolución de recibos aplicadas por las entidades bancarias intermediarias).

3. Suspensión del Servicio.

Si, transcurrido el plazo adicional de cinco (5) días hábiles previsto en el apartado anterior, el Cliente no hubiera satisfecho íntegramente las cantidades vencidas, el Proveedor podrá, previa notificación al Cliente, suspender total o parcialmente la prestación del Servicio de forma automática, incluyendo, cuando resulte técnicamente necesario, la desactivación temporal de determinadas funcionalidades del Avatar, de sus integraciones o de sus automatizaciones.

La suspensión podrá mantenerse hasta la completa regularización de las cantidades vencidas, incluidos, cuando proceda, los intereses de demora y los costes de cobro legalmente exigibles.

La suspensión no liberará al Cliente de sus obligaciones de pago ni supondrá la renuncia del Proveedor a reclamar las cantidades devengadas durante el periodo de suspensión cuando estas correspondan a servicios ya prestados, compromisos mínimos de contratación o conceptos contractualmente exigibles.

El Proveedor procurará que la suspensión sea proporcional al incumplimiento y, cuando resulte técnica y económicamente viable, podrá limitarla inicialmente a las funcionalidades o servicios directamente vinculados a las cantidades impagadas.

4. Resolución por impago.

Si el impago persistiera durante un periodo superior a quince (15) días naturales desde la fecha de vencimiento de la obligación, o si el Cliente incurriera reiteradamente en incumplimientos de pago que afecten de forma sustancial a la relación contractual, el Proveedor podrá resolver el Contrato por incumplimiento esencial del Cliente, previa notificación escrita y sin perjuicio de su derecho a reclamar las cantidades vencidas, los intereses de demora, los costes de cobro legalmente exigibles y cualesquiera otros daños y perjuicios que correspondan conforme al Contrato y a la legislación aplicable.

5. Servicios de implantación y Setup.

La resolución del Contrato por impago del Cliente no dará derecho al reembolso de las cantidades correspondientes a trabajos de implantación, configuración, integración o desarrollo que ya hubieran sido efectivamente ejecutados, ni de los costes de terceros o compromisos irrevocables asumidos por el Proveedor por cuenta del proyecto, siempre que dichos importes hayan sido correctamente facturados y sean contractualmente exigibles.

Cuando la terminación se produzca por incumplimiento del Cliente, las cantidades satisfechas por servicios ya ejecutados conservarán su carácter no reembolsable. Esta previsión se entiende sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder al Cliente respecto de importes abonados anticipadamente por servicios futuros que no hubieran sido prestados y que no estén sujetos a un compromiso mínimo de contratación, una permanencia mínima o una compensación contractual válidamente pactada.

6. Restablecimiento.

Una vez satisfechas íntegramente las cantidades vencidas y exigibles, incluidos los intereses de demora y los costes legalmente reclamables, el Proveedor restablecerá el Servicio en un plazo razonable, sin perjuicio de que puedan aplicarse costes técnicos razonables de reactivación cuando la suspensión hubiera requerido trabajos adicionales de intervención o reconfiguración.

10. DURACIÓN, CANCELACIÓN Y EFECTOS DE LA TERMINACIÓN

10.1 Duración Mensual Prorrogable

El servicio se contrata por períodos mensuales renovables automáticamente, salvo que cualquiera de las partes comunique su voluntad de no renovar la suscripción.

10.2 Cancelación sin Penalización (Preaviso de 7 Días)

El Cliente podrá cancelar su suscripción en cualquier momento, sin necesidad de alegar causa y sin penalización económica alguna, mediante notificación escrita (por correo electrónico con confirmación de lectura o a través del propio portal de cliente de Stripe Billing) realizada con un preaviso mínimo de siete (7) días naturales de antelación respecto a la siguiente fecha de facturación mensual recurrente.
  • La cancelación surtirá efectos al final del período de facturación mensual en curso. El Cliente mantendrá el derecho de uso del Avatar hasta la finalización de dicho período mensual ya abonado, no realizándose devoluciones de importes parciales o no consumidos del mes corriente.

10.3 Efectos de la Terminación

A la terminación de la suscripción, por cualquier causa:

  • El Proveedor desactivará el widget del Avatar y el acceso a las APIs en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas.
  • El Cliente se obliga a desinstalar y retirar cualquier código o script del Avatar de su sitio web en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
  • No se reintegrará en ningún caso el coste de la Fase de Setup.
  • El Cliente no tendrá derecho a recibir la base de conocimiento estructurada, bases de datos vectoriales, prompts o configuraciones técnicas internas del Avatar, las cuales constituyen secreto comercial del Proveedor.

11. FUERZA MAYOR

Ninguna parte será responsable por el incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones cuando dicho incumplimiento sea causado por un evento de fuerza mayor, entendido como todo acontecimiento externo, imprevisible e inevitable, ajeno a la voluntad de las partes, que imposibilite total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones contractuales. A título enunciativo, se consideran eventos de fuerza mayor: catástrofes naturales (terremotos, inundaciones, incendios), pandemias, epidemias declaradas emergencia de salud pública, guerras, conflictos armados, terrorismo, disturbios civiles, huelgas generales, decisiones gubernamentales o judiciales que impidan la prestación del servicio, apagones generalizados, cortes masivos o planes gubernamentales de restricción o racionamiento del suministro eléctrico o energético, caídas globales de conectividad a Internet, ciberataques masivos de tipo zero-day o ransomware que afecten a infraestructuras críticas, y fallos sistémicos de proveedores cloud globales (AWS, Azure, GCP) que afecten a múltiples clientes simultáneamente.

La parte afectada notificará a la otra parte la ocurrencia del evento de fuerza mayor en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su conocimiento, detallando la naturaleza del evento y su impacto estimado. Durante la vigencia del evento de fuerza mayor, las obligaciones de la parte afectada quedarán suspendidas sin que ello constituya incumplimiento contractual. Si el evento de fuerza mayor se prolonga por más de sesenta (60) días naturales consecutivos, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato sin indemnización mediante notificación escrita.

12. MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS

El Proveedor podrá modificar los presentes Términos notificándolo al Cliente con una antelación mínima de treinta (30) días naturales a la fecha de entrada en vigor de la nueva versión. La notificación se realizará por correo electrónico a la dirección registrada del Cliente y/o mediante aviso en el panel de control del Cliente, e incluirá: (a) la versión actualizada de los Términos; (b) un resumen de los cambios materiales; (c) la fecha de entrada en vigor.

Si el Cliente no acepta las modificaciones, podrá cancelar la suscripción sin penalización mediante notificación escrita antes de la fecha de entrada en vigor, surtiendo efectos la cancelación al final del período de facturación en curso. El uso continuado del Servicio tras la fecha de entrada en vigor de la nueva versión se entenderá como aceptación tácita de los Términos modificados.

13. CONFIDENCIALIDAD, NO CAPTACIÓN Y SECRETO COMERCIAL

13.1 Secreto Comercial y Confidencialidad

Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda la información confidencial, estratégica o técnica compartida durante la ejecución del servicio. Asimismo, se reconoce de mutuo acuerdo que la arquitectura técnica del RAG, los algoritmos utilizados, los prompts y la ingeniería interna de Elena constituyen secretos comerciales protegidos bajo la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. Su divulgación no autorizada dará derecho al Proveedor a reclamar los daños y perjuicios correspondientes.

13.2 Cláusula de No Captación de Talento (Non-Solicitation) — Bilateral

Durante la vigencia de la suscripción y durante los doce (12) meses siguientes a su terminación por cualquier causa, ambas partes se comprometen de manera firme a no contratar, subcontratar, emplear, captar ni inducir a abandonar su relación con la otra parte a ningún empleado o colaborador independiente que haya tenido participación directa y relevante en la configuración, entrenamiento, operación o soporte del Servicio de IA objeto del presente acuerdo, y que haya sido presentado o identificado como tal durante la ejecución del mismo.

Esta obligación no se extiende a contrataciones derivadas de procesos de selección abiertos, públicos y no dirigidos (publicación en portales de empleo genéricos, LinkedIn con perfil open to work sin contacto previo iniciado por la parte contratante), ni a profesionales con los que la otra parte no haya tenido contacto directo en el marco del presente contrato.

El incumplimiento de este compromiso obligará a la parte infractora a abonar a la otra parte, en concepto de cláusula penal de resarcimiento de daños, una indemnización de cuantía equivalente a seis (6) mensualidades del coste bruto total de la retribución del profesional captado (salario bruto mensual más costes de Seguridad Social a cargo del empleador o, en caso de autónomo, la facturación mensual media de los últimos seis meses).

Ambas partes, en su condición de empresarios, reconocen que la presente cláusula penal ha sido negociada libremente y resulta proporcionada a los perjuicios reales que la captación de talento clave genera sobre la parte perjudicada. La cuantía pactada responde a una estimación razonable del daño previsible y no tiene naturaleza punitiva.

Excepciones: No se considerará incumplimiento la contratación de profesionales que:

  • Respondan a una oferta pública de empleo genérica y no dirigida (portal de empleo genérico, LinkedIn open to work sin contacto previo).
  • Hayan finalizado su relación con la otra parte más de seis (6) meses antes de la contratación, sin intermediación ni inducción de la parte contratante.

13.3 Cooperación con Autoridades

La confidencialidad pactada en la presente cláusula no impedirá a ninguna de las partes dar cumplimiento a requerimientos legalmente fundados de autoridades judiciales, administrativas, fiscales o regulatorias. En caso de recibir un requerimiento de este tipo que afecte a información confidencial de la otra parte, la parte requerida lo notificará a la otra en el menor plazo posible, salvo que dicha notificación esté legalmente prohibida, y cooperará razonablemente para limitar el alcance de la divulgación a lo estrictamente necesario.

14. LEY APLICABLE, PROTOCOLO DE CONFLICTOS Y JURISDICCIÓN

14.1 Ley Aplicable

Los presentes Términos se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española común vigente.

14.2 Protocolo Obligatorio de Resolución Amistosa de Conflictos

Con carácter previo a la interposición de cualquier demanda o inicio de procedimiento judicial o arbitral, las partes se comprometen obligatoriamente a intentar resolver el conflicto de manera amistosa y de buena fe.

  • La parte afectada deberá notificar a la otra parte por escrito de manera fehaciente (ej. correo electrónico certificado, burofax) detallando los fundamentos de su reclamación, la cuantificación de daños y una propuesta de resolución.
  • Ambas partes dispondrán de un plazo obligatorio de quince (15) días naturales desde la recepción de la notificación para designar interlocutores y entablar negociaciones de resolución. Durante este plazo de negociación, los plazos de prescripción de acciones civiles quedarán en suspenso de común acuerdo.

14.3 Sometimiento Expreso a Jurisdicción

En caso de que transcurran los quince (15) días naturales del protocolo obligatorio sin que las partes alcancen un acuerdo amistoso escrito, ambas partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, fuero de vecindad o jurisdicción especial que por derecho pudiera corresponderles, se someten de manera expresa a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital para la resolución de cualquier controversia, litigio, interpretación o ejecución de los presentes Términos.

14.4 Divisibilidad

La declaración de nulidad, ineficacia o inaplicabilidad de cualquier cláusula o parte de los presentes Términos por resolución judicial o administrativa firme no afectará a la validez ni a la eficacia del resto del documento, que permanecerá plenamente vigente entre las partes. En tal caso, las partes se comprometen a negociar de buena fe una cláusula sustitutiva que refleje lo más fielmente posible la intención original de la disposición declarada nula.

14.5 Cesión del Contrato

Ninguna de las partes podrá ceder, transmitir, subrogar ni trasladar a terceros, total o parcialmente, los derechos y obligaciones del presente acuerdo sin el consentimiento previo y escrito de la otra parte. No obstante, el Proveedor podrá ceder el contrato a una sociedad del mismo grupo empresarial o a un sucesor en el negocio derivado de una fusión, adquisición o reorganización corporativa, siempre que notifique al Cliente con un mínimo de treinta (30) días naturales de antelación y el cesionario asuma íntegramente las obligaciones del Proveedor bajo estos Términos.

15. MODIFICACIONES DE ALCANCE (CHANGE REQUEST)

Cualquier modificación del alcance del Setup o del entrenamiento solicitada por el Cliente con posterioridad al inicio de la Fase de Operación —incluyendo, a título enunciativo y no limitativo: cambios sustanciales en documentación base, nuevas tipologías, cambio de proyecto o precio que requiera reentrenamiento, nuevos idiomas, nuevas integraciones, modificaciones en las integraciones técnicas estándar de la cláusula 2.6, nuevas automatizaciones, integración con CRM o ERP propietario— será presupuestada y facturada de forma independiente, previo acuerdo escrito entre las partes mediante el siguiente procedimiento:

  1. Solicitud por escrito del Cliente describiendo el cambio solicitado.
  2. Emisión de presupuesto escrito por el Proveedor con indicación de tiempo estimado, coste y, si procede, impacto sobre la cuota mensual.
  3. Aceptación expresa por escrito del Cliente mediante respuesta de correo electrónico confirmatoria u orden de cambio firmada.
  4. Ejecución y facturación según lo acordado.

Ningún cambio de alcance será ejecutado sin la aceptación escrita previa del Cliente. La mera solicitud verbal, por llamada telefónica o por mensaje en plataformas de mensajería instantánea no constituirá orden de cambio válida a efectos contractuales.